COSTUM  DE  VALENCIA

Por Jesús Moya Casado

  

     El día 29 de julio del año 1248, el rey Jaime I, otorgó a los habitantes de Morvedre y su raval la Costum de Valéncia.

     Los Fueros de Valencia son las leyes valencianas vigentes cuando el Reino de Valencia era independiente, si bien durante 1233 y 1238 se tuvieron distintos derechos en el territorio. En las Cortes celebradas en la ciudad de Valencia en 1329, finalmente todas las poblaciones del Reino de Valencia abandonarán los derechos foráneos, resultando de aplicación los Fueros de Valencia en todo el territorio, si bien conviviendo con el derecho musulmán del Llibre de la Sunna e Xara, pero sin mezclarse, hasta la expulsión de los musulmanes en el XV.

     El primer nombre con que se denominó el derecho valenciano fue COSTUM DE VALENCIA, con los siguientes carácteres:

Libro de Los Fueros.

     - Redacción en latín, entre enero y octubre de 1238, denominando a cada uno de sus 1500 artículos como Fueros.

     - Se realizará en la Cancillería Real que dirigía Berenguer de Palau.

     - Para adecuar el texto a la realidad valenciana redactan a propósito algo más de 100 artículos o fueros en los que se cita expresamente el Reino, se le define, y se instauran una serie de instituciones valencianas como los tribunales.

     - Selección de 146 títulos que se toman literalmente del Código de Justiniano, siguiendo su mismo orden, aunque su contenido no siguía obligatoriamente su patrón.

     - Cada uno de estos títulos con un número variado de fueros o artículos.

     - Se distribuirá finalmente en dos libros, o partes, que sumarán 1500 artículos.

     - En el siglo XIV, se numerarán los fueros, siguiendo el esquema del Codex, se dividirá en 9 libros al igual que la recopilación de Justiniano.

     - La promulgación de la Costum de Valencia será entre finales de octubre-principios de noviembre de 1238, en la ciudad de Valencia, durante un parlamento al que asistirían los principales nobles, eclesiásticos y donatarios de tierras del reino.

Página del libro de Los Fueros.

     - Su primera denominación fue la de Costum de Valencia, era un texto de derecho local, pero con la voluntad de que se convirtiera en derecho territorial, aunque no podía ser de otro modo pues no estaba todo el territorio libre de los musulmanes, ni tampoco había suficientes cristianos para repoblarlo.

     - Los primeros PRIVILEGIOS complementarios de la Costum se promulgarían en 1239. Diversas disposiciones de algunos privilegios otorgados entre 1239 y 1253 se añadirán a la Costum como si efectivamente se tratara de Fueros. También se efectuarán durante este periodo algunas reformas puntuales.

     - Los Fueros se actualizarían con el tiempo en la forma mayoritariamente, aunque también se encuentran modificaciones en el fondo. Normalmente las modificaciones realizadas venían a ser:

     - Modificación de errores.

     - Mejoras en la redacción de los textos.

     - Modificación de los contenidos en cuanto a su interpretación.

     - Incorporación de fueros nuevos.

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